Blog ¿PUEDO VENDER MI PROPIEDAD ALQUILADA?

¿PUEDO VENDER MI PROPIEDAD ALQUILADA?


¿Puedo vender mi vivienda si está alquilada?

 

Si eres propietario de una vivienda que actualmente está alquilada y estás valorando la posibilidad de venderla, resumiendo, debes saber que no hay ningún problema para proceder a ello, pero en este artículo vamos a analizar los aspectos que debes tener en cuenta para hacerlo de manera totalmente legal.

               

El propietario de una vivienda, puede tomar la decisión de vender la propiedad en cualquier momento, incluso si existe un contrato de alquiler vigente.

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que regula la venta de fincas arrendadas, contempla que es una operación legal y, además, muy habitual, aunque para proceder a ello, hay que seguir una serie de pautas y respetar la normativa.

El propietario debe respetar el contrato de arrendamiento actual a la hora de vender su vivienda alquilada, simplemente el nuevo propietario deberá respetar el contrato de alquiler vigente hasta su finalización. Es decir, se traspasará el contrato de alquiler de un propietario a otro.




Según la LAU, el propietario de una vivienda alquilada, está obligado a comunicar al arrendatario su intención de vender la propiedad.

De hecho, debe hacerlo por escrito en un documento en el que aparezca la siguiente información:

1-    El propósito de vender la vivienda.

2-    La fecha prevista para la compraventa.

3-    Resto de información que se considere relevante.

4-    Importe por el qué venderá la propiedad (solo si existe derecho preferente de compra).

 


 

Es importante tener en cuenta si el arrendatario (o inquilino) tiene derecho preferente de compra o derecho de tanteo y retracto sobre el inmueble, esto podremos verlo en el contrato de alquiler. En caso de que no conste nada, habitualmente aplica la ley y esta dice que el inquilino si tendrá derecho preferente. Por ende, se le ha de preguntar al inquilino si quiere llevar a cabo la compra del piso en las mismas condiciones que el comprador y darle un plazo de 2 meses para contestar, si pasados los dos meses no hay contestación se entiende que la respuesta es no y se puede proceder a la venta con un tercero.

 

En el caso de no haber derecho de tanteo y retracto, como decíamos, solo se tendrá que traspasar el contrato de arrendamiento de un propietario a otro haciendo un anexo entre las partes.

 

Si el nuevo propietario no quisiera mantener dicho contrato de alquiler, hay una opción que aconsejamos llevar a cabo a través de una inmobiliaria (en Silver Wolf somos expertos), y es negociar con el inquilino para que se vaya antes de tiempo a cambio de algo que a éste le pueda interesar (otro piso similar o mejor, compensación económica, etc).

 

También puede llevarse a cabo esta negociación con el arrendatario, antes de formalizar la venta, pactando con el inquilino que nos deje hacer visitas en el piso por ejemplo un día a la semana y debiendo éste abandonar el inmueble en un plazo de 2 o 3 meses desde que se firmen las arras… hay muchas opciones según cada caso habrá un camino a seguir u otro.

 


 

En resumen, cualquier propietario puede vender su inmueble alquilado, siempre que se le comunique al inquilino su intención de venderlo con suficiente antelación y dándole prioridad (si procede) a la hora de comprarlo.

 

Esperamos haberte ayudado con este artículo sobre vender una propiedad alquilada. En Silver Wolf inmobiliaria, somos expertos en todo tipo de operaciones inmobiliarias especialmente en Barcelona y alrededores (Gavá, Castelldefels, Sitges, etc.), así que si estás pensando en vender o comprar una propiedad y quieres a una persona de confianza que te asesore de principio a fin, no dudes en contactarnos y uno de nuestros agentes se pondrá en contacto contigo en la mayor brevedad posible.

 

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