Impuesto de transmisiones patrimoniales 2022
El Impuesto de Transmisiones
Patrimoniales (ITP) se debe pagar cuando se compra una vivienda de segunda mano
(actualmente en Cataluña es de un 10%, salvo excepciones).
Las nuevas normas para evitar la evasión fiscal
en España, han entrado en vigor este pasado 1 de enero de 2022. En la Ley
11/2021, se incluyen medidas para prevenir y combatir el fraude fiscal y
reforzar el control tributario. Veamos de qué manera afecta a los compradores
esta nueva ley.
Hasta ahora, la base imponible de este impuesto en todas las transacciones ha
sido el valor ‘’real’’ de la propiedad (es decir, el precio final de la compra
acordado entre el comprador y el vendedor). Ahora, la nueva ley 11/2021, ha
introducido un nuevo ‘’valor de referencia de mercado’’ (VRM) que se utilizará
como base imponible. En los casos en que el precio de compra sea superior a
este ‘’valor de referencia de mercado’’, se utilizará el precio de compra.
Podemos
obtener dicho valor a través de este enlace de la página del Catastro:
https://www.sedecatastro.gob.es/
Este nuevo valor, vendrá
determinado por el valor de referencia de Catastro.
A efectos prácticos, significa que el nuevo valor de referencia, es el valor
mínimo por el que tributar si se compra una vivienda de segunda mano. En caso
de que el contribuyente escriture la operación ante notario por un valor
inferior, hacienda le obligará a tributar por el valor que indique la nueva valoración
de Catastro.
Es decir, a partir del 1/1/2022, se pagará el ITP (10%) sobre el valor más alto entre el precio de compra y el valor de referencia catastral.
En compras de inmuebles, en teoría, poco debería cambiar respecto a la
tributación, ya que hasta ahora había que declarar en ITP el valor real de la
compraventa y se supone que este nuevo valor de referencia, estará alineado con
los precios del mercado.
Cualquier valoración teórica no se corresponderá siempre con el
valor real utilizado en una compraventa, ya que para fijar los precios de venta
de una propiedad, se tienen en cuenta una infinidad de factores y
características. No hay dos propiedades iguales, ni siquiera en un mismo
edificio. También influye en el precio la posterior negociación, el estado de
la propiedad, la prisa por vender, la demanda en ese momento, etc.
Por último,
recordar que existen maneras de reducir el porcentaje del 10% del ITP al 5% u otros porcentajes... Entre
otras:
- Ser menor de 32
años e ingresar menos de 30.000€/brutos/anuales.
- Familia numerosa.
- Incapacidades varias.
- Otros…
Siempre
es recomendable hablar con un experto del tema antes de empezar a buscar
propiedades para tener unos números reales de la operación que queremos llevar
a cabo, vaya a ser que podamos comprar una casa más grande de lo que pensamos.
La información aquí mostrada es meramente informativa y puede sufrir modificaciones. Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos sin compromiso.
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